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Nuevas medidas económicas para hacer frente a la crisis del COVID-19

El Gobierno rectifica y permite ahora trabajar a los autónomos

En una orden del Ministerio de Sanidad sobre los «criterios interpretativos» para aplicar la nueva limitación laboral con carácter general, dicho departamento -con facultades delegadas por el jefe del Ejecutivo- señala que el decreto del domingo 29 de marzo sobre el cierre de trabajos «no resulta de aplicación a las personas trabajadoras por cuenta propia». De esta forma, los autónomos que actúan en actividades que no se vieron suspendidas con el decreto anterior del estado de alarma «pueden continuar prestando sus servicios normalmente».

https://www.boe.es/boe/dias/2020/03/30/pdfs/BOE-A-2020-4196.pdf

 

El Gobierno central aprueba el aplazamiento de cotizaciones sociales y una moratoria hipotecaria para oficinas y locales comerciales

Aplazamiento de los pagos a la Seguridad Social para pymes y autónomos

El Gobierno ha aprobado una moratoria de hasta seis meses en el pago de las cuotas a la Seguridad Social para los trabajadores autónomos y las pequeñas y medianas empresas, así como el aplazamiento en el pago de las deudas de la Seguridad Social hasta el 30 de junio y la moratoria por el pago de las cuotas en los días trabajados en el mes de marzo, sin intereses.

Moratoria hipotecaria para oficinas y locales comerciales

El Gobierno ha aprobado la moratoria en el pago de hipotecas por un periodo de tres meses para locales y oficinas de autónomos y locales comerciales.

Disponibilidad de los planes de pensiones

El Gobierno ha aprobado hoy medidas para dotar de liquidez a los hogares, permitiendo por ejemplo la disposición de los planes de pensiones en caso de desempleo o de cierre de negocio.

Durante el plazo de seis meses, y a partir del pasado 14 de marzo, «los partícipes de los planes de pensiones podrán, excepcionalmente, hacer efectivos sus derechos consolidados», señala el decreto. En tres supuestos: por verse afectado ahora por un ERTE, por cese de negocio, o los autónomos que «hubieran estado previamente integrados en un régimen de la Seguridad Social como tales y hayan cesado en su actividad como consecuencia de la situación de crisis sanitaria».

Moratoria de pago en los créditos al consumo para personas en vulnerabilidad económica; posibilidad de recibir un bono para los viajes que hayan sido cancelados.

La DFA lanza una web que recopila las ayudas a PYMEs y autónomos y que ofrece asesoramiento personalizado

Desde mañana, 1 de abril, estará activo el nuevo portal ‘ayudasarabacovid19.eus’. Cuenta con un sistema sencillo y efectivo para la búsqueda de información, además de enlace directo a la gestión telemática de las medidas y normas promovidas por las diversas administraciones y orientadas específicamente a estos colectivos.

http://arabapress.eus/ficheros/NP%20200331%20Covid.pdf

 

El Gobierno Vasco aprueba la activación  del programa de apoyo financiero a pymes, micropymes y autónomos por valor de 500 millones de euros

Beneficiarios:

  • PYME de Euskadi que cumplan los siguientes requisitos:

– Que empleen a menos de 250 personas.

– Que su volumen de negocio anual no supere los 50 millones de euros, o bien, que su balance general anual no rebase los 43 millones de euros.

– Que no se halle participada directa o indirectamente en un 25%, o más, por otra empresa, o conjuntamente por varias de ellas, que no reúna alguno de los requisitos anteriormente expuestos

  • Personas empresarias individuales (micropymes) y profesionales autónomas de Euskadi:

– Que se encuentren de alta en el régimen especial de trabajadores por cuenta propia o autónomos de la Seguridad Social.

– Que obtengan rendimientos de actividades económicas o profesionales sujetas al IRPF.

 Cuantías de los préstamos:

  • 5.000€-1.000.000€ para pymes.
  • 5.000€-100.000€ micropymes y personas profesionales autónomas.

Operaciones financieras:

  • Instrumento: préstamo amortizable.
  • Tipos de interés: 0%, al ser subvencionados por el Gobierno Vasco.
  • Plazo de las operaciones de préstamo: 5 años (1 de carencia opcional)
  • Diferencial sobre Euribor aplicable: 0,50%
  • Periodicidad de Liquidación: trimestral.
  • Comisiones: 0€. El prestatario podrá cancelar o amortizar anticipadamente el préstamo sin coste alguno. Coste y condiciones de los avales:
  • Comisión de formalización y comisión de estudio: 0,25% del aval formalizado y por una sola vez.
  • Comisión de aval: 0,75% anual. Esta comisión tendrá una subvención del 50% por parte del Gobierno Vasco.
  • No se aplicará ningún tipo de comisión o gasto adicional por parte de ELKARGI.

https://bideoak2.euskadi.eus/2020/03/31/news_61182/CG_31_de_marzo.pdf